OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA VINCULADAS
A LA RECEPCIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS
Las asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro están obligadas a publicar en sus páginas web o portales digitales similares, antes del 30 de junio de cada año, la información relativa a las subvenciones, ayudas, prestaciones, aportaciones o auxilios, dinerarios o en especie, que no tengan carácter general y no sean objeto de contraprestación, retribución o compensación», que les hayan sido efectivamente concedidas en el ejercicio anterior por las Administraciones Públicas. En su Circular nº 6, de 25 de junio de 2021, el Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales aclaró que por «carácter general» deben entenderse las ventajas que recibe el beneficiario en virtud de un régimen general, por el que la aportación se concede a todas las personas que cumplan determinados requisitos.
OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA VINCULADAS
AL 5 POR MIL
La normativa sobre el 5 por mil está contenida en el Decreto Legislativo nº 111/2017 y en el Dpcm de 23 de julio de 2020. Los destinatarios de la misma son, por lo que aquí interesa, las entidades del Tercer Sector (Ets), las entidades de investigación científica y sanitaria, y las asociaciones deportivas de aficionados (Asd). La asignación de la cuota del 5 por mil a las entidades del Tercer Sector sólo tendrá lugar a partir de 2022, estando operativo el registro nacional único del Tercer Sector (Runts) a partir del 23 de noviembre de 2021. Hasta entonces, en lugar de a las Ets, la cuota se seguirá asignando para apoyar a las «entidades de voluntariado», categoría que incluye:
asociaciones de promoción social (Aps), inscritas en los registros nacional, regional y provincial.
OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA RELACIONADAS CON LAS DONACIONES
En materia de desembolsos liberales, el Decreto del Ministro de Economía y Hacienda de 3 de febrero de 2021 dispuso que determinados tipos de entidades sin fines lucrativos estuvieran obligadas a remitir a la Agencia Tributaria la comunicación de desembolsos liberales recibidos tanto de personas físicas como jurídicas. Entre las entidades obligadas a cumplir con esta obligación se encuentran: – asociaciones de promoción social; La obligación de envío para las entidades que acabamos de mencionar se aplica – a partir de 2022 (con referencia a los datos de donaciones efectuadas en 2021), pero sólo para las entidades que hayan registrado en sus últimos estados financieros ingresos superiores a 1 millón de euros; – a partir de 2023 (con referencia a los datos de donaciones efectuadas en 2022), pero sólo para las entidades que hayan registrado en sus últimos estados financieros ingresos superiores a 220.000 euros.